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Nacionalidad española por residencia desde Venezuela

Actualizado 2026

La nacionalidad española por residencia es la vía ordinaria para que los extranjeros adquieran la nacionalidad española tras un periodo continuado de residencia legal en territorio español. Para los venezolanos, la legislación contempla un plazo reducido de dos años de residencia, en virtud del régimen privilegiado aplicable a los nacionales de países iberoamericanos. Aunque la solicitud se presenta en España, conviene conocer el procedimiento completo desde Venezuela.

¿En qué consiste la nacionalidad española por residencia?

La nacionalidad española por residencia, regulada en el artículo 22 del Código Civil español, permite la adquisición de la nacionalidad a aquellos extranjeros que hayan residido legalmente en España durante un periodo determinado. El plazo general es de diez años, pero existen plazos reducidos para determinados colectivos: cinco años para refugiados, dos años para nacionales de países iberoamericanos, Andorra, Filipinas, Guinea Ecuatorial, Portugal o personas de origen sefardí, y un año para casos especiales como nacidos en territorio español, hijos de españoles o cónyuges de españoles.

¿Los venezolanos cuentan con el plazo reducido de dos años?

Sí. Los nacionales venezolanos están incluidos en el régimen privilegiado de los países iberoamericanos, por lo que pueden solicitar la nacionalidad española por residencia tras dos años de residencia legal y continuada en España. Es importante destacar que estos dos años deben haber transcurrido en territorio español con autorización de residencia en vigor; el tiempo previo de residencia en Venezuela u otros países no computa para este procedimiento.

¿Qué exámenes hay que aprobar?

Salvo excepciones específicas (mayores de setenta años, supuestos de incapacidad acreditada y otros), los solicitantes deben acreditar dos pruebas oficiales:

  • Examen DELE A2 o superior: Diploma de Español como Lengua Extranjera del Instituto Cervantes, que acredita el conocimiento del idioma español. Los nacionales de países hispanohablantes (entre ellos Venezuela) están exentos de este examen.
  • Examen CCSE: Conocimientos Constitucionales y Socioculturales de España, también gestionado por el Instituto Cervantes. Es obligatorio para todos los solicitantes y se basa en un manual oficial de veinticinco preguntas sobre Constitución, instituciones, geografía, historia y cultura española.

¿Qué documentación se requiere?

La documentación habitual para la solicitud incluye:

  • Certificado literal de nacimiento del solicitante, debidamente apostillado y traducido
  • Certificado de antecedentes penales del país de origen (Venezuela), apostillado y traducido
  • Certificado de antecedentes penales españoles
  • Certificado de empadronamiento histórico que acredite la residencia continuada
  • Tarjeta de Identidad de Extranjero (TIE) o documento equivalente
  • Certificado del examen CCSE (vigencia de cuatro años)
  • Tasa de la solicitud (aproximadamente 100 euros)
  • Justificante de medios económicos suficientes

¿Dónde se presenta la solicitud?

La solicitud se presenta exclusivamente en España, de forma electrónica a través de la Sede Electrónica del Ministerio de Justicia. No es posible iniciar el procedimiento de nacionalidad por residencia desde Venezuela ante el Consulado General, ya que se requiere acreditar previamente la residencia legal en territorio español. Una vez presentada la solicitud, el Ministerio de Justicia tramita el expediente y resuelve en último término.

¿Existe una vía de "nacionalidad por opción" para hijos de españoles?

Sí. Los hijos de un padre o madre originariamente español pueden adquirir la nacionalidad española por opción mediante un procedimiento simplificado, sin necesidad de residencia previa en España. La declaración de opción puede realizarse ante el Encargado del Registro Civil del domicilio o ante el Consulado correspondiente. Para los hijos nacidos en Venezuela de progenitor español, este trámite se realiza ante el Consulado General de España en Caracas.

¿Cuánto dura el procedimiento por residencia?

Los plazos de resolución de los expedientes de nacionalidad española por residencia han variado significativamente en los últimos años. La Ley 19/2015 estableció un plazo máximo de un año, pero en la práctica los expedientes pueden demorarse entre uno y tres años. Las modificaciones procedimentales y el volumen de solicitudes determinan los tiempos efectivos de resolución. Se recomienda consultar el estado del expediente periódicamente a través del portal del Ministerio de Justicia.

¿Se puede mantener la nacionalidad venezolana al adquirir la española?

Sí. España permite la doble nacionalidad con los países iberoamericanos, entre ellos Venezuela, en virtud del Convenio bilateral de doble nacionalidad. Esto significa que el ciudadano que adquiera la nacionalidad española por residencia puede mantener su nacionalidad venezolana sin necesidad de renunciar a ella formalmente. La declaración de fidelidad a España y de renuncia a la nacionalidad anterior, prevista en el procedimiento, no surte efecto práctico para los nacionales de países con convenio.

Representaciones de España donde puede realizar este trámite:

Aviso: Los requisitos y procedimientos descritos son orientativos y pueden cambiar. Verifique siempre la información actualizada en la representación diplomática correspondiente antes de iniciar cualquier trámite.